domingo, 18 de diciembre de 2011

FUNCIONES DEL GERENTE







El gerente es el representante legal de la Empresa, con facultades, por lo tanto, para ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su encargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios de la Empresa.






En ejercicio de su cargo el Gerente de la Empresa tendrá las siguientes FACULTADES y FUNCIONES:
A) Ejercer la representación legal de la Empresa.


B) Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos y resoluciones del constituyente y de la Junta Directiva.


C) Celebrar por sí solo los contratos que interesen a la Empresa, siempre y cuando no excedan de cinco (5) salarios mínimos.
D) Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la compañía y señalarles su remuneración.


E) Presentar a la Junta Directiva  y al constituyente en tiempo oportuno el balance general, el proyecto de distribución de utilidades y un informe sobre todos los asuntos de su cargo.


F) Conferir poderes especiales e investir a los apoderados, exclusivamente de las facultades necesarias e indispensables, para que puedan cumplir con el mandato encomendado.


G) Convocar a la junta directiva a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente o necesario y hacer las convocatorias del caso cuando lo ordenen los estatutos.


H) Tomar todas las medidas que reclame la conservación de los bienes de la empresa, vigilar la actividad de los empleados de la administración de la empresa e impartirles órdenes e instrucciones que exija la buena marcha de la misma.


I) En el desempeño de sus funciones el Gerente como representante de la empresa, podrá comparecer en proceso judicial o administrativo así como instaurar o iniciar toda clase de procesos judiciales o administrativos, interponer toda clase de recursos o incidentes o desistir de éstos o de las acciones iniciadas, siempre actuando en defensa de los intereses de la empresa. Deberá tener en cuenta la limitación y restricción del 2º del parágrafo primero de este artículo.


J) Cumplir los demás deberes que le señalen los reglamentos de la empresa y los que por su naturaleza le correspondan.



RESTRICCIONES Y LIMITACIONES
El representante legal de la empresa, Gerente o Subgerente, en su caso, tendrán las siguientes limitaciones:
1) Será necesario el consentimiento y autorización expresa y escrita de la Junta Directiva para cualquier negocio que no esté comprendido dentro del objeto principal de la empresa.
2) Previo el dictamen favorable de la Junta Directiva, podrá transigir, conciliar, comprometer, desistir, arbitrar o pactar la cláusula compromisoria, actuar, en los procesos judiciales o administrativas en que se discuta el dominio de los bienes de la empresa de cualquier clase o delegar estas facultades en los apoderados judiciales o extrajudiciales que constituya.
3) No podrá sin la autorización expresa y escrita de la Junta Directiva mudar la forma de los bienes muebles, corporales o incorporales o inmuebles, transferirlos o enajenarlos, arrendarlos, hipotecarlos ni gravarlos en forma alguna.
4) No podrá conferir poderes generales.

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